Hugo Páez
La resolución histórica de la Suprema Corte en el caso Redilla es una vieja preocupación en la cúpula de las Fuerzas Armadas, involucradas por el Poder Ejecutivo en la lucha contra el crimen organizado sin haber reformado el marco legal que les otorgue la protección pertinente.
El riesgo era inminente, el martes la Corte dio un paso que puede desatar una avalancha de demandas contra Sedena y Marina por presuntas violaciones a los derechos humanos de las víctimas colaterales en la guerra contra el crimen, ya que no solo es un “criterio orientador” como dice la Secretaría de Gobernación de Francisco Blake Mora.
Hasta el momento era competencia de los tribunales militares atender la mayoría de estos casos, solo en algunos excepcionales elementos del ejército eran juzgados por jueces civiles, sin embargo el paso que dio la Corte esta semana ordena que en casos de violaciones a los derechos humanos sean tribunales civiles, sentando jurisprudencia.
Para el caso serán los jueces civiles y militares quienes decidan la clasificación de estos delitos, y seguramente propiciará que las demandas se aborden bajo el criterio de violación a los derechos humanos.
En esta columna comenté sobre el legítimo encabronamiento del Ejercito ante esta desprotección, que además ya dio lugar a un proyecto de Comisión de la Verdad impulsado por el senador Ricardo Monreal del Partido del Trabajo y que presentó en la Permanente como punto de acuerdo la semana pasada.
El documento que presento Monreal expone: “La actual guerra contra la delincuencia organizada, que tiene el propósito formal de recuperar la seguridad en las calles, solo ha provocado lo opuesto; es decir, una escalada de violencia armada; violaciones graves y sistemáticas de derechos humanos, y el reforzamiento de los carteles de la droga y grupos delictivos, que ahora controlan el secuestro, desapariciones forzadas, el mercado negro, y cada vez más, el comercio informal. Generando con ello un verdadero estado de sitio y de terror generalizado en el país”.
La propuesta en el Senado se basa en el Derecho a la Verdad, desarrollado en diversos marcos jurídicos dentro del Derecho Internacional y el del acceso a la información. De prosperar la iniciativa de Monreal el grupo de senadores espera sentar en el banquillo de los acusados a los militares responsables de violación a las garantías antes de terminar el sexenio, hecho que podría ser un importante retroceso en el ánimo de las instituciones involucradas en el combate a la delincuencia.
Sin embargo, la resolución de la Corte en el caso Redilla puede apresurar este juicio como una especie de versión fragmentada que de paso a cientos de acusaciones penales ya que se determinó que el fuero militar no opera para procesar a militares responsables de violaciones a Derechos Humanos, quienes deberán ser juzgados por tribunales civiles.
El pleno de la SCJN determinó que "los jueces del Estado mexicano deben replicar en casos futuros el criterio de restricción del fuero militar en cumplimiento de la sentencia del caso Radilla y en aplicación del Artículo Primero Constitucional". El criterio del establece que "frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar".
También establece que la corte reasumirá la competencia originaria para resolver los casos en los que se presente un conflicto de competencia entre tribunales castrenses y federales o del fuero común. La resolución se tomó durante el análisis de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla, ocurrida en 1974 en Guerrero, y de la cual se responsabilizó al ejército mexicano.
Los ministros reconocieron que la sentencia establece obligaciones para todos los jueces mexicanos en estudios de casos futuros que involucren fuero militar y violaciones de derechos humanos. El ministro Arturo Zaldívar pidió a sus compañeros no seguir difiriendo la discusión de este tema y aplicar el criterio sobre control de convencionalidad, votado por la mañana, fijando líneas claras y precisas que orienten las resoluciones de los demás tribunales del país y agregó que dentro de las obligaciones impuestas por la sentencia al Poder Judicial de la Federación, se encuentra la de reinterpretar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con independencia de que todos los jueces del país están obligados a hacerlo. Sentenció: "Prever este criterio dará certeza, claridad, líneas, de cómo deben interpretar los tribunales a partir de ahora, de lo contrario me parece que dejamos una situación un tanto cuanto inconsistente con lo que hemos venido votando".
La resolución histórica es un paso imprescindible para evitar abusos y darle seguimiento a los casos por parte de los afectados o sus representantes, sin embargo, sería irresponsable no tomar en cuenta las terribles carencias de las fuerzas armadas y dejarlos a la deriva legal.
Las instancias responsables de aprobar presupuestos deberán dotarlas de los mecanismos necesarios para evitar las violaciones a los derechos humanos, requiere tiempo, dinero, equipo y capacitación.
No se trata solamente de imponer un orden, sino de establecerlo con todos los implementos necesarios, valorando el trabajo de los militares en un ámbito que ni siquiera les corresponde, pero en el que todos los sectores de la sociedad y Estado Mexicano están de acuerdo en que son imprescindibles.
Habrá que esperar que estos requerimientos no se topen con la burocracia y los intereses de grupo que se empeñan en entorpecer la solución a los problemas del país.
Blog: http://hugorenepaez.blogspot.com/
twiiter: @hugopaez correo: hugopaez@prodigy.net.mx
No hay comentarios:
Publicar un comentario